En calidad de nuevo DIFUSOR certifico que toda la información consignada aquí, está completa y correcta. He leído y convengo en cumplir con los términos de este CONTRATO. Para ser DIFUSOR lo único que tengo que hacer es adquirir un producto o servicio de Lifehuni. Certifico además, que me acojo únicamente a los ingresos y a la información que se incluye en el Plan de Compensación para DIFUSOR Lifehuni y para tomar la decisión de serlo, manifiesto que he recibido, leído y comprendido el Manual de Negocios del DIFUSOR Lifehuni, el Manual de Ética y demás reglas de
conducta, las cuales se entenderán como anexos constitutivos del presente contrato pues las partes con sus rmas así lo aceptan de acuerdo a las siguientes Cláusulas: Primero.- OBJETO. El presente contrato tiene como objeto por parte del DIFUSOR, aportar el ejercicio autónomo de la actividad de difusión a través de un proceso de comunicación y hasta la aceptación por el mercado, de cualquiera de los productos o servicios Lifehuni; de preferencia pero no excluyente, por medio de forma verbal y personal a potenciales adoptadores del producto, con base en su propia
experiencia como usuario. Segundo.- ALCANCE. Los términos que se detallan en este escrito tendrán carácter de documentos y contrato legal por parte de la empresa Lifehuni, que en adelante se denominará EMPRESA y USTED que en adelante se denominará DIFUSOR, quién acepta que para ser DIFUSOR de la empresa Lifehuni, conoce que debe cumplir estos términos, y que la violación de los mismos podrá ser causa de suspensión y/o cancelación de su código y demás benecios. Cómo DIFUSOR decide vincularse a la empresa Lifehuni de manera libre y voluntaria. LA EMPRESA Lifehuni no tiene exclusividad ni preferencia de ninguna índole con ningún DIFUSOR. El presente contrato, sólo se perfeccionará con la inscripción en su plataforma y posterior aceptación por parte de LA EMPRESA Lifehuni, la cual se reserva el derecho de inscripción y aceptación; lo cual se entenderá pasados 30 días. TÉRMINOS Y CONDICIONES:– PRIMERA: DE LAS OBLIGACIONES DEL DIFUSOR: 1. El DIFUSOR, reconoce que previo a la aceptación de este contrato ha recibido el documento y leído todas y cada una de las cláusulas contractuales y como consecuencia ha comprendido el Manual de Negocios del DIFUSOR Lifehuni y Reglas de Conductas Anexas. El DIFUSOR reconoce que ha leído y entendido el Plan de Compensación, incluyendo las reglas de Comportamiento que se incorporan al presente contrato, al igual que ha leído y entendido el Código de Ética, documentos que hacen parte integral del presente contrato pues las partes desde ahora así lo aceptan. Igualmente el DIFUSOR declara que ha ingresado a la página web www.lifehuni.com y ha leído de forma
íntegra las cláusulas contractuales, el manual de negocios del DIFUSOR Lifehuni, el plan de compensación y el código de ética. 2. Para convertirse en DIFUSOR es necesario adquirir como mínimo un producto o servicio de Lifehuni, diligenciar el contrato de difusión participativa totalmente y la aceptación por parte de la EMPRESA 3. El DIFUSOR maniesta que es mayor de edad, capaz de contratar o siendo menor está autorizado para ello de acuerdo a la normatividad del Código Civil (autorización por escrito de padre o responsable con documento notariado de respaldo). 4. El
DIFUSOR sólo podrá colocar en el mercado los productos Lifehuni dentro del territorio Colombiano. 5. El DIFUSOR se compromete a hacer su mejor esfuerzo por difundir la adopción de productos y servicios Lifehuni a potenciales consumidores de una manera que favorezca la reputación de la empresa Lifehuni. 6. El DIFUSOR realizará las actividades de difusión sin ningún tipo de subordinación, determinando el difusor su propio horario, objetivos, y metodologías de trabajo. El DIFUSOR será responsable de los impuestos aplicables a la misma actividad. El DIFUSOR no se
presentará como agente tenedor de franquicias o valores, ni beneciario, del mismo modo, no será empleado directo ni indirecto de Lifehuni. 7. El DIFUSOR se compromete a que en los eventos en que empiece actuar como representante de otros DIFUSORES, como delegado, deberá hacerlo dentro del marco de las buenas costumbres, ético y marco legal, realizando su mejor esfuerzo para capacitarlos, apoyarlos, dirigirlos y mantenerlos informados, acogiéndose al clausulado y condiciones de este contrato, como de los demás documentos que hacen parte integral de éste. 8.
El DIFUSOR asume los riesgos sobre el cuidado o pérdida de los productos, a partir de la fecha en que los reciba, como consecuencia de adquisición directa realizada a la empresa Lifehuni. 9. El DIFUSOR deberá liquidar totalmente el valor de los productos solicitados al momento de realizar su pedido y será el responsable y gestor de su propia cartera con terceros, bien sean clientes o descendientes. Lifehuni no es responsable de la cartera generada entre el DIFUSOR y sus clientes o descendientes. 10. El DIFUSOR no podrá crear publicidad por su propia cuenta para colocación de los productos, para esta labor sólo y exclusivamente podrá utilizar publicidad y los medios que la empresa le entregue y autorice, la cual se encuentra ajustada a los lineamientos y directrices de la ley 1480 de 2011. Igualmente la descripción, características y benecios de los productos en redes sociales deberán ser iguales a los plasmados en los manuales y en la publicidad de Lifehuni, siendo libre el difusor de usar su propio testimonio como herramienta en la colocación de los productos en el mercado. –SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: 1. La EMPRESA Lifehuni se compromete a surtir al DIFUSOR con los productos que este requiera siempre y cuando se encuentren disponibles en los almacenes o bodegas. 2. En virtud que el DIFUSOR cuenta con negocio propio, así como con medios comerciales y personales, Lifehuni le sugerirá planes de mercadotecnia sí el difusor los solicita. –TERCERA: IMPUESTOS 1. Al aceptar estos términos de la EMPRESA Lifehuni, el DIFUSOR acepta toda la responsabilidad de pagar los impuestos correspondientes a las ganancias generadas. 2. El DIFUSOR entiende que la actividad de difusión no le convierte en empleado, agente, ni representante legal de Lifehuni, 3. El DIFUSOR quién realiza la actividad de promover los productos de Lifehuni, de forma independiente, operará por su cuenta, sin subordinación y sin que le sean impuestas por Lifehuni, una meta de productos puestos en el mercado. 4. El DIFUSOR estará en plena libertad de determinar la cantidad de horas que dedicará a su negocio y podrá programarlas a su propia discreción. 5. La EMPRESA Lifehuni no proporciona locales comerciales para terceros y, si por cuenta propia un DIFUSOR opera su negocio desde un local que no sea su propia residencia, este asumirá la responsabilidad de obtenerlo, equiparlo y pagar los alquileres de dicho local y no podrá registrar establecimiento de comercio alguno, bajo el nombre de Lifehuni o alguno de sus productos. –CUARTA: Al aceptar estos términos y aliarse a la empresa Lifehuni, el DIFUSOR declara bajo la gravedad de juramento que los datos e información suministrada para esta aliación son verdaderos, en caso de encontrar la falsedad de estos se procederá a la cancelación de su código y por consiguiente a la pérdida de benecios, premios, bonicaciones y red constituida. –QUINTA: La empresa Lifehuni se reserva el derecho de analizar cada contrato, aceptar o rechazar el mismo según sus propios criterios, es decir, abstenerse de aceptar la aliación dentro de los treina (30) días desde la fecha de radicación del presente contrato. PARÁGRAFO: Lifehuni, con la inscripción del DIFUSOR en su plataforma y la consecuente
asignación de código de pedidos de acuerdo al derecho de aceptación o rechazo de la empresa Lifehuni, en caso positivo se integrará como parte del presente contrato, y participa al difusor inscrito del centro de costos destinado por la empresa para participar a sus difusores. – SEXTA: Si el DIFUSOR llegara a fallecer, para corroborar la asignación, el heredero facilitara a Lifehuni los documentos necesarios que acrediten su derecho, tras lo cual Lifehuni realizará la aprobación, en caso de ser varios herederos, estos deberán nombrar un representante debidamente acreditado
con poder amplio y suciente para adelantar las gestiones ante la empresa Lifehuni. –SÉPTIMA: Al aceptar estos términos el DIFUSOR bajo la gravedad de juramento maniesta que el dinero que utiliza para la compra de los productos de Lifehuni, tiene procedencia legitima y legal, ha sido ganado honestamente y no tiene vinculación con procedimientos ilícitos, fraudulentos, lavado de dinero, narcotráco, terrorismo y ninguna otra actividad que pueda ser tipicado como delito. – OCTAVA: En caso que las necesidades así lo ameriten; Lifehuni, se reserva el derecho de realizar
cambios o modicaciones a las condiciones contractuales, al manual de negocios o cualquier otro de los documentos que hacen parte integral del presente contrato, cambios que serán noticados al DIFUSOR y este tiene la potestad de aceptar, o nalizar el contrato si así lo considera frente a los eventuales cambios que se realicen. – NOVENA: El DIFUSOR respetará los derechos de autor de propiedad industrial de Lifehuni al igual que sus liales y no podrá utilizar el nombre Lifehuni o sus marcas registradas, bajo los cuales se representen comercialmente sus productos
en ningún medio de publicidad, tarjeta de presentación, folletos, vehículos, chequeras, etc., sin previo consentimiento por escrito de Lifehuni. –DÉCIMA: El DIFUSOR renuncia a cualquier reclamación futura respecto del Good Will o cualquier otra forma que intente sugerir que la actividad de difusión, sea la causa del buen desempeño o reconocimiento externo de Lifehuni. DÉCIMA PRIMERA: El DIFUSOR procurará por la adopción en el mercado de los productos Lifehuni y se le otorgarán los pagos previstos en el Manual de Negocios del DIFUSOR Lifehuni (documento
constitutivo del presente contrato); estos pagos se realizarán con base en los resultados que se reejan en las compras directas efectuadas a Lifehuni, así como las compras de los difusores pertenecientes a su red de descendientes. –DÉCIMA SEGUNDA: El DIFUSOR bajo la gravedad de juramento maniesta no tener antecedentes ni pendientes con la justicia colombiana o en el exterior. –DÉCIMA TERCERA: El manual de negocios del DIFUSOR Lifehuni contiene entre otras las normas de conducta, el plan de compensación procedimientos de pedidos y ejemplos de
formularios. Estos documentos y reglamentos publicados por Lifehuni junto con las noticaciones emitidas que le haga LA EMPRESA ocasionalmente a su entera discreción, se incorporan al presente contrato de difusión participativa, cada uno de ellos en su forma más reciente publicada. –DÉCIMA CUARTA: El derecho a ciertos niveles de descuentos como resultado de compras del DIFUSOR y/o a su red es personal, por lo tanto no podrá cederse a otra persona. –DÉCIMA QUINTA: El DIFUSOR acepta que Lifehuni tiene derecho a modicar en cualquier momento El manual de negocios del DIFUSOR Lifehuni y manual de reglas de comportamiento. En caso que el DIFUSOR no esté de acuerdo podrá dar por terminado este contrato mediante la noticación escrita a Lifehuni. –DÉCIMA SEXTA: El DIFUSOR no está obligado a adquirir determinados productos, ni con una determinada frecuencia, así como tampoco están sujetos a horario alguno para la difusión de los mismos, ni de la rendición de cuentas de las actividades, excepto de aquella que se requieran por la naturaleza del presente contrato. –DÉCIMA SÉPTIMA: Si el DIFUSOR al promover la adquisición de los productos entre los clientes encuentra que algunos de ellos se interesa en colocar los productos y servicios de la compañía, podrá presentar este cliente a Lifehuni para que solicite ser aceptado como DIFUSOR nuevo, llenando la respectiva minuta de contrato. En caso de ser aceptado pasará a hacer parte de la red de cuenta del DIFUSOR que lo presentó y en tal virtud las compras que realice esta persona, formarán parte del volumen de compras de este, cumpliendo con los reglamentos establecidos en el manual de negocios. –DÉCIMA OCTAVA: El
DIFUSOR conviene en que, al presentar el Plan de Compensación de Lifehuni, lo hará íntegramente y en su totalidad, tal y como se señala en los materiales ociales de Lifehuni, haciendo énfasis en que existe sólo un Plan de Compensación para todos los DIFUSORES de Lifehuni y que la adopción de productos por sus clientes o descendientes son un requisito para recibir participaciones de sus líneas descendentes. Al presentar el Plan de Compensación de Lifehuni a candidatos potenciales, conviene en no utilizar publicaciones, materiales, ni auxiliares que Lifehuni no haya
impreso, publicado de manera digital o autorizado especícamente por escrito. Conviene también en indicar a todos los DIFUSORES potenciales que es obligación leer el Manual de Negocios del DIFUSOR Lifehuni antes de ingresar a la compañía, el cual es entregado al momento de la rma del presente contrato y también puede ser observado en la página web de la empresa www.lifehuni.com – DÉCIMA NOVENA: El DIFUSOR podrá designar a una persona para hacer parte en la difusión participativa de los productos de Lifehuni bajo el mismo código, este se registrará
con el nombre de DIFUSOR JUNIOR, será responsable de todas y cada una de las obligaciones del DIFUSOR en forma solidaria y podrá participar en forma directa en la colocación de los productos, así como en la operación de su negocio Lifehuni. La designación del DIFUSOR JUNIOR implica que este quede como beneciario de todos los derechos y obligaciones del contrato de difusión en cualquier caso y por muerte del DIFUSOR titular. Para obtener participaciones el difusor junior deberá cumplir con todos los requisitos legales del DIFUSOR. –VIGÉSIMA: El DIFUSOR
durante la vigencia de su contrato y en adelante que tenga un valor económico mantendrá la condencialidad para benecio de Lifehuni cualquier secreto comercial, fórmulas, planes de negocio o información de negocios de Lifehuni, así como cualquier otra información de valor comercial relativa a otros empresarios o clientela que le brinde la compañía o que el difusor desarrolle u obtenga. Como difusor no utilizará dicha información directa o indirectamente para otro efecto que no sea su venta directa. –VIGÉSIMA PRIMERA: NEGOCIOS FUERA DE COLOMBIA.
La solicitud para realizar la difusión de los productos Lifehuni, por fuera del territorio nacional, se encuentra condicionada a la rma de un nuevo contrato diferente al presente, en orden a la legislación del país donde se pretenda conquistar el mercado, de forma previa y adicional deberá de nuevo iniciar el proceso de inscripción y aceptación. –VIGÉSIMA SEGUNDA: PUBLICIDAD Y AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN DEL DIFUSOR: El DIFUSOR conviene en permitir que Lifehuni obtenga fotos, videos y otros medios grabados por él mismo o sus semejantes. Reconoce y
conviene en permitir que dichos medios grabados sean utilizados por Lifehuni y/o cualquiera de sus empresas liales y subsidiarias para cualquier propósito legal, de forma gratuita y sin compensación alguna. El DIFUSOR maniesta que cuenta con todos los derechos de autor en relación con la Imagen y los Vídeos y declara a su leal saber y entender, que no requiere el consentimiento de ninguna otra persona ya sea física o moral para permitirle a Lifehuni y/o a cualquier tercero que ella designe el uso de la Imagen y los Vídeos, conforme lo descrito en los
párrafos precedentes y que tal uso no viola ni infringe los derechos personales ni derechos de propiedad intelectual, industrial o de autor tanto del autorizante como de terceros ni de ningún otro tipo. El DIFUSOR entiende que puede cancelar esta autorización enviando una carta en la cual se indica dicha cancelación a juridicalifehuni@gmail.com de manera virtual o al domicilio principal por medio de mensajería certicada a la EMPRESA Lifehuni. Así mismo conviene en que Lifehuni sujeto a las normas, procedimientos y declaraciones de privacidad puede obtener,
grabar, usar, retener, transferir, descartar y tramitar de cualquier otra manera a otros DIFUSORES de Lifehuni, liales y terceros de Lifehuni u otras empresas vinculadas con Lifehuni, su información personal y comercial necesaria para permitir que Lifehuni cumpla con sus obligaciones bajo su contrato, o que Lifehuni determine conveniente para respaldar sus operaciones de difusión y la administración de la línea de auspicio. (Revisar Política de Tratamientos de datos personales contenida en www.lifehuni.com). –VIGÉSIMA TERCERA: Al aceptar los términos aquí
expuestos y al aliarse como difusor a la empresa Lifehuni, el DIFUSOR se compromete a cumplirlos a cabalidad, en caso de incurrir en cualquier tipo de violación de estos términos, el DIFUSOR está obligado a aceptar la suspensión y/o cancelación denitiva de su código dependiendo de la gravedad de la falta, los cuales están estipulados en el Manual de Reglas de Comportamiento. –VIGÉSIMA CUARTA: Al convertirse en DIFUSOR de la EMPRESA Lifehuni, se compromete a cumplir el presente contrato y los documentos que hacen parte integral del mismo, así mismo se
compromete a salvaguardar y respetar el nombre de la misma, evitando cualquier menosprecio o difamación hacia ella. En caso de incumplir este compromiso, LA EMPRESA cancelará de forma denitiva su código y la vinculación con Lifehuni, aclarando que percibirá los ingresos ganados sólo hasta la fecha de cancelación de su código y a título de sanción será la persona eliminada de la red, reservándose la empresa su derecho a emprender acciones legales que estime oportunas. – VIGÉSIMA QUINTA: DISPOSICIONES VARIAS: 1) Este contrato (incluyendo los documentos aquí incorporados en su forma publicada a la fecha al igual que todos los demás documentos establecidos y publicados de manera física o virtual incorporados posteriormente en el ejercicio de la práctica o por legislaciones gubernamentales y que convenga a regir a partir del momento de su publicación, manual de negocios y manual de ética) constituye todo convenio entre LAS PARTES. 2) Se resolverá toda disputa entre la EMPRESA Y EL DIFUSOR dado que se presente entre las partes cualquier reclamación o diferencia surgida, relacionada con la actividad del DIFUSOR
incluyendo sus límites, derechos, obligaciones y demás vinculadas con la empresa, se solucionarán de la siguiente manera: a) EL DIFUSOR actuará de buena fe al hacer las respectivas reclamaciones y negociaciones. b) Si las negociaciones son infructuosas el EMPRESARIO intentará de manera ética resolver con mediación administrativa en la sede principal de Lifehuni en Colombia. VIGÉSIMA SEXTA: VENCIMIENTO. No obstante lo estipulado en la cláusula DECIMO SEXTA, el DIFUSOR deberá mantener la vigencia de su código, la cual se perderá si se deja de adquirir
productos por un término superior a los seis meses transcurridos desde su última compra. Igualmente la vigencia del código es indispensable para mantener los derechos de representación sobre sus clientes y descendencia registrados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo quinto numeral 2 de la ley 1700 de 2013 y demás normas concordantes. Para adquirir nuevamente un código, deberá diligenciar nuevamente un contrato y adquirír el producto con el que desea vincularse al precio de venta al público, iniciando nuevamente desde cero su red. –VIGÉSIMA SÉPTIMA: TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO: La terminación del presente contrato opera cuando el difusor incurra en cualquiera de las siguientes actuaciones: 1) El DIFUSOR puede dar por terminado el presente contrato de manera unilateral cuando lo considere pertinente. 2) Cuando el DIFUSOR sustraiga redes pertenecientes a otros empresarios. 3) Cuando el DIFUSOR coloque los productos ofrecidos por la Empresa a un menor o mayor precio del que ha sido estipulado por la EMPRESA Lifehuni. 4) Cuando el DIFUSOR no se acoja a las reglamentaciones y modicaciones realizas por la EMPRESA o incurra en cualquiera de las prohibiciones o limitaciones contempladas en el manual de negocios, manual de ética, otras reglas de conducta, documentos que hacen parte integral del presente contrato y directrices impartidas 5) Cuando el DIFUSOR falsique o imite los productos de Lifehuni (como precio ocial de venta al público). –VIGÉSIMA OCTAVA: DE LAS SANCIONES: El DIFUSOR a la rma de este contrato acepta regirse por lo establecido en el mismo, en el manual de negocios, en todo lo estipulado con relación al tipo de faltas, procedimientos y sanciones a imponer, así como lo indicado en manual de comportamiento y demás documentos que hacen parte integral del presente contrato. –VIGÉSIMA NOVENA: FORMA DE PAGO: La participación obtenida por el DIFUSOR serán cancelados a partir del día quince (15) del mes siguiente al cierre, previa certicaciones de compras realizadas a la compañía y se hará mediante transferencias bancarias establecidas por convenios entre Lifehuni y la entidad nanciera. Convenio hecho por la compañía o cuenta sugerida por el DIFUSOR y aceptada por
la Compañía, aclarando que será el DIFUSOR quien asuma los costos generados por las transacciones realizadas en el Banco a sugerencia de él. PARAGRAFO 1: para efectuar el pago referenciado el DIFUSOR deberá cumplir con los requerimientos efectuados por la ley y la DIAN. PARAGRAFO 2: El difusor es responsable por todos y cada uno de los efectos legales y tributarios que se generen como consecuencia de la DIFUSIÓN de los productos de Lifehuni – TRIGÉSIMA: EXCLUSIVIDAD PARA DIFUNDIR EL PRODUCTO. Las únicas personas autorizadas para difundir los
productos, serán las personas naturales que expresamente por medio del presente documento han aceptado su vinculación a Lifehuni. –TRIGÉSIMA PRIMERA: ACCIONES POR INCUMPLIMIENTO: Queda estipulado entre la partes que la EMPRESA iniciará acciones en el caso de que se detecte la comercialización por terceros y se conrme que el DIFUSOR está realizando negocios como proveedor para establecimientos de comercio o a otras personas naturales colocándoles el producto por debajo del precio pactado de venta al público que se actualizada cada año dentro de la página www.lifehuni.com En donde se encuentra el catálogo de precios actualizado para cada año, y que podrá ser descargado por el difusor para su revisión y actualización en la tabla de precios y que se considera parte constitutiva de este contrato. El valor por lucro cesante y daño emergente será la suma equivalente a la cantidad de productos que le fueron entregados para su colocación desde el momento en que inició su contrato, y las demás actuaciones jurídicas que se consideren necesarias, incluyendo las costas procesales, así como honorarios de abogados, y perderá todos sus benecios como difusor partícipe de Lifehuni; representación de redes, participaciones por venta directa, premios y demás benecios que diera lugar su vínculo, sin perjuicio del cobro de los demás perjuicios que se llegaren a causar a la compañía o terceros. Lifehuni –TRIGÉSIMA SEGUNDA: Las partes declaran expresamente que en todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por lo dispuesto en el Código Civil y Código de Comercio en lo que fuera pertinente. En señal de conformidad e invocando a la buena fe, las partes rman el presente contrato,
y consideran parte constitutiva del mismo sus anexos. – TRIGÉSIMA TERCERA: Por protección a nuestros clientes y difusores los productos de Lifehuni no serán comercializados en farmacias, droguerías, tiendas naturistas, supermercados ni en ningún otro tipo de establecimiento semejante ya que la responsabilidad de nuestros difusores es explicar de manera adecuada usos, benecios y demás características de nuestros productos sin exagerar sus benecios ni adicionar funciones que no hacen parte de sus características. Para más información: Salento Qundío,
Vereda San Juan de Carolina Finca el Danubio, Teléfono: 311 350 3737. Caicedonia Valle, Calle 10 No. 14 – 53, Teléfono: 310 814 9083. Palestina Caldas, Calle 9 No. 11 -43, Teléfono: 320 668 2835.